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| Consejo Municipal de Juventud-CMJ 2010-2013 |
La Ley 1622 de 2013 creó el Sistema Nacional de Juventud el cual se divide en dos: subsistema institucional de las juventudes y el subsistema de participación de las juventudes, como parte de éste, los Consejos Municipales de Juventud que es un mecanismos autónomos de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública e interlocución de los y las jóvenes en relación con las agendas territoriales de las juventudes, ante institucionalidad pública de cada ente territorial al que pertenezcan, y desde las cuales deberán canalizarse los acuerdos de los y las jóvenes sobre las alternativas de solución a las necesidades y problemáticas de sus contextos y la visibilización de sus potencialidades y propuestas para su desarrollo social, político y cultural ante los gobiernos territoriales y nacional
¿Cuáles son las funciones?
Los Consejos Municipales de Juventud actúan como instancias de interlocución y consulta de las entidades públicas del orden nacional y territorial en los temas concernientes a la juventud, al tiempo que establecen estrategias y procedimientos para que los jóvenes participen en el diseño de políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo dirigidos a ellos, en la cogestión y autogestión para ejecutar proyectos sociales que los beneficien y, simultáneamente, ejercen veeduría en la ejecución de los mismos.
De igual forma tienen como objeto promover la difusión y el ejercicio de los derechos humanos, civiles, sociales y políticos y en especial aquellos relacionados con la juventud, además de elegir representantes ante otras instancias de participación juvenil y en general, ante aquellas cuyas regulaciones o estatutos así lo dispongan.
¿Cómo funciona el consejo?
El Consejo de Juventud tiene varios escenarios de trabajo que comienzan con la constante reunión de miembros para planear las acciones, programas y proyectos que piensan proponer, asesorar o apoyar, así como para buscar su constante fortalecimiento y cohesión y, posteriormente, deben establecer como mecanismos de interlocución con la administración municipal: la realización de sesiones conjuntas con el Consejo Municipal, reuniones periódicas con el Alcalde Municipal y, para lograr que las acciones orientadas hacia la juventud se consagren en el Plan de Desarrollo del Municipio, desarrollará todas las acciones pertinentes para que el Consejo Municipal de Planeación cuente con un representante de os jóvenes entre sus miembros.
¿Dónde obtener más información sobre el tema?
Existe una Ley de Juventud, la Ley 1622 de 2013 y el Decreto 089 de 2000 que reglamenta la elección de estos espacios de participación.
¿Dónde
obtener más información sobre el tema?
Existe una Ley de
Juventud, la Ley 1622 de 2013 y el Decreto 089 de 2000 que reglamenta la
elección de estos espacios de participación.
Decreto 1163 cmj 2010 Medellín
Reglamento interno cmj 2010 2013-

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